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| Diccionario Inmobiliario |
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| Ibal pone a su servicio un diccionario que le facilitará y ayudará a comprender mejor los terminos y expresiones del mundo inmobiliario. |
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CANCELACIÓN
Anticipación de las cantidades pendientes de amortizar de un préstamo. Suele llevar asociada una comisión.
CANCELACIÓN REGISTRAL
Eliminación en el Registro de la Propiedad de la inscripción de la carga que figura sobre una finca. Un préstamo hipotecario puede estar totalmente pagado, pero la hipoteca figurar aún en el Registro. Para que desaparezca esa hipoteca tiene que firmarse una escritura de cancelación (que actualmente está exenta del pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados) y con posterioridad ser inscrita en el Registro, anulando la carga a la que hace referencia.
CAPITAL
Importe nominal del préstamo hipotecario, sin incluir los intereses.
CARENCIA
Periodo del préstamo durante el cual sólo se pagan intereses (no se paga capital), o incluso no se paga ninguna cantidad.
CARENCIA DE CAPITAL (O PARCIAL)
Periodo del préstamo en el que sólo se pagan intereses y no se amortiza principal.
CARENCIA TOTAL
Periodo del préstamo en el que no se pagan ni intereses ni capital.
CARGAS
Limitaciones de la propiedad de un inmueble o vinculación al pago de una obligación. Tienen que estar inscritas en el Registro de la Propiedad.
CATASTRO
Censo y padrón estadístico de las fincas urbanas y rústicas, cuyo objeto es dar a conocer la propiedad y sus cualidades.
CECA
Tipo de referencia oficial que se utiliza en la revisión de los préstamos a tipo de interés variable. Es el tipo medio de los tipos aplicados a préstamos personales entre uno y tres años y de los préstamos hipotecarios a más de 3 años.
CEDULA DE HABITABILIDAD
Documento que proporciona al adquirente la garantía de que la vivienda reúne las condiciones mínimas de habitabilidad. Es imprescindible para contratar el alta de algunos servicios como la luz y el gas.
CEDULA URBANÍSTICA
Documento que certifica la normativa urbanística aplicable a un determinado terreno. Hace referencia al planeamiento que afecta a dicho terreno, e indica los usos autorizados, la edificabilidad, ocupación, alturas máximas, … Dicha cédula se obtiene en el Ayuntamiento.
CERTIFICADO DEL ADMINISTRADOR
Documento que expide el administrador de la Comunidad de Propietarios en el que se recoge la situación de la deuda del propietario actual con la Comunidad.
CERTIFICADO REGISTRAL
Documento legitimado y expedido por el Registro de la Propiedad, en el que se declara la situación de cargas de una finca.
CHEQUES
Título de pago que consiste en una orden que da el firmante o librador a una entidad de crédito en la que éste tiene dinero depositado, para que la entidad pague, con cargo a dicho depósito, a una persona determinada (cheque nominativo) o al portador del título, una cantidad cierta.
CIRBE
Central de Información de Riesgos del Banco de España, contiene los datos del endeudamiento contraído con entidades financieras españolas.
COMISIÓN DE AMORTIZACIÓN ANTICIPADA
Porcentaje a aplicar sobre la cantidad que se devuelve de forma anticipada, que debe ser pagada a la entidad acreedora.
COMISIÓN DE APERTURA
Importe que se paga cuando se formaliza un préstamo, en contraprestación a los servicios de estudio, administración y gestión generados en la concesión. Suele ser un porcentaje sobre el capital prestado.
COMUNERO
El que pertenece a una Comunidad de Propietarios; tiene parte indivisa con otro u otros en un inmueble.
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS
Colectivo formado por todos los cotitulares de un edificio dividido en régimen de propiedad horizontal. Se organiza corporativamente y carece de personalidad jurídica. Se regula por estatutos, que atenderán a los detalles de la convivencia y a la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes.
CONDICIÓN RESOLUTORIA
Condición que garantiza una determinada obligación (pago de una cantidad aplazada) a través de la resolución del contrato, en el supuesto de que ésta no se cumpla.
CONDONACIÓN
Situación que se produce cuando el acreedor de una deuda renuncia a la prestación debida por el deudor y que supone la extinción de dicha deuda.
CONTRATO
Pacto o convenio oral o escrito, entre partes, que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser obligadas.
CONTRIBUCIÓN URBANA
Ver Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.).
COPRESTATARIO
Titular con otra(s) persona(s) de un préstamo.
CRÉDITO HIPOTECARIO
Contrato por el que una entidad financiera pone dinero a disposición del beneficiario hasta un límite señalado y por un plazo determinado, percibiendo periódicamente los intereses sobre las cantidades dispuestas, obligándose el beneficiario a devolver a la entidad las cantidades adeudadas en el plazo estipulado. En el caso de los créditos hipotecarios, la devolución de los intereses y el principal está asegurada con una garantía real.
CUENTA AHORRO VIVIENDA
Cuenta de ahorro en la que el destino a dar a los fondos debe ser el de adquisición, construcción o rehabilitación de la vivienda habitual del titular de la misma. Las cantidades depositadas durante el ejercicio (con el límite de 1.500.000 Ptas.) tienen un 15% de deducción en la declaración de renta. El destino debe materializarse en el plazo máximo de 4 años desde la apertura (salvo las abiertas antes del 1/7/99, cuyo plazo es de 5 años).
CUOTA
Importe que el titular o titulares de un préstamo se comprometen a pagar periódicamente y que se destina al pago de parte del capital solicitado y sus intereses.
CUOTA DE PARTICIPACIÓN
Proporción de un inmueble que corresponde a cada propietario. En función de su valor, se calculan las cargas y gastos a los que tiene que hacer frente el titular de cada vivienda.
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